Permiso para publicidad transitoria (volanteo)


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Responsable: Dirección de Inspección y Licencias

Correo del responsable: licencias@colima.gob.mx

Teléfono: 31.6.38.57

Domicilio: Venustiano Carranza No. 90., colonia Centro

Centro Municipal de Negocios

08:30 – 20:00 Lunes a Viernes

Fundamento Legal: 

  • Reglamento de Anuncios para el Municipio de Colima Artículo 13, 14 fracción II , 17, 18, 22 fracción II incisos a) y b), 27, 49 y 76

Costo del trámite:

 

  • Sin especificar

Requisitos:

  • El evento o establecimiento que se publicite debe contar con el permiso o licencia de funcionamiento respectiva.
  • Solicitud por escrito con la siguiente información:
    o Datos del solicitante
    o Domicilio del establecimiento solicitante
    o Periodo de distribución de volantes a los domicilios particulares.

    › NOTA: Se autoriza únicamente a distribución de volantes a los domicilios particulares, prohibiéndose realizar esta actividad en vía pública.

Proceso:

  1. Solicitar por escrito y recepción del permiso de volanteo, únicamente se autoriza la distribución domiciliada (casa por casa)

Comentarios adicionales:

La actividad promocional que se realice por medio de volantes o folletos, solamente se autorizará cuando ésta sea distribuida a los domicilios particulares, o en el interior de lugares donde tenga acceso el público. No permitiéndose la distribución en vía pública.

Última modificación: 5 agosto, 2019

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