Permiso para colocación de publicidad transitoria en manta, carteles, lona o inflable


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Responsable: Dirección de Inspección y Licencias

Correo del responsable: licencias@colima.gob.mx

Teléfono: 31.6.38.57

Domicilio: Venustiano Carranza No. 90., colonia Centro

Centro Municipal de Negocios

08:30 – 14:30 Lunes a Viernes

Fundamento Legal: 

  • Ley de Hacienda Municipal, (Art. 76, inciso B, numerales 1, 2, 3, 5 y 8; 77 y 78)
  • Reglamento de Anuncios para el Municipio de Colima Artículo 13, 14, 16 fracción I inciso a) y b); 18, 22 fracción II, 27, 30, 31, 41, 61 y 76

Costo del trámite:

De 1 a 3 salarios mínimos, según las dimensiones de la manta o el inflable.

Requisitos: 

  • Copia simple del dictamen de anuncios, emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano (Centro Municipal de Negocios)
  • Pago de derechos
    NOTA: El evento o establecimiento que se publicita debe contar con la autorización respectiva

Proceso:

  1. Entregar copia simple del dictamen de anuncios emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano (Lo puede obtener en el Centro Municipal de Negocios, en el módulo de Licencias de Construcción).
  2. Pagar el Derecho del permiso en la caja receptora de la Tesorería Municipal
  3. Recibir el permiso transitorio de colocación de manta (permiso de manta)

 

 

 

Última modificación: 5 agosto, 2019

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