Responsable: Jefe de Departamento
Correo del responsable: jorge.cervantes@colima.gob.mx
Teléfono: (312) 31.6.38.58 y (312)31.6.38.02
Domicilio: Torres Quintero No. 80, colonia Centro
08:30 – 15:00 Lunes a Viernes
Fundamento Legal:
- Ley de Hacienda para el Municipio de Colima
- Ley de Instituto para el Registro de Territorio
- Ley del Municipio Libre de Colima
- Ley de Asentamientos Humanos
- Acuerdo de Normas Administrativas
Costo del trámite:
2.25 U.M.A.
(pago inicial por derecho de fusión/subdivisión)
2 U.M.A. por avalúo
(En caso de subdivisión, el arancel aplica por cada que se segrega).
Más un pago adicional
según el Valor Catastral Resultante
De un Valor de 0 a 3,814 U.M.A. paga 2.00 U.M.A.
De un Valor de 3,815 a 4,965 U.M.A. paga 2.50 U.M.A.
De un Valor de 4,966 a 6,616 U.M.A. paga 3.00 U.M.A.
De un Valor Mayor a 6,616 U.M.A.
paga el 0.1 % del Valor del predio
Fusión o Subdivisión del valor del predio de 0 a 2,250 U.M.A.
paga un derecho de 2.25 U.M.A.. Fusión o Subdivisión mayor a 2,250 U.M.A.
paga el 0.1 % del valor del predio
Requisitos:
- Tres (3) juegos de Dictamen de Voc. del Suelo Mod. II
- Formato de solicitud con firma y sello de autorización de la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal. En caso de subdivisión, los documentos también deben ser autorizados por la Dirección de Desarrollo Urbano del Estado)
Proceso:
- Presentar documentación requerida en ventanilla, indicando nombre del propietario o clave catastral del predio en referencia y realizar pago en caja
- Recoger documento, presentando en ventanilla acuse de recibo.
Comentarios adicionales:
El predio debe de estar en condiciones regulares ante el Municipio para realizar el trámite; en caso contrario, la Dependencia informará de los lineamientos que deban cumplirse de acuerdo a la normatividad existente.
EJEMPLOS DE CÁLCULO DE COSTOS:
Con Valor Catastral de 200,000.00
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A.. ) mas (2.00 U.M.A.)
Pago Adicional :
De un Valor de 0 a 3,814 U.M.A. paga 2.00 U.M.A. por Avalúo
Valor del predio de 0 a 2,250 U.M.A. por Derecho de Fusión
No paga Complemento
Con Valor Catastral de 200,000.00 (Resto y Dos Fracciones)
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A.. ) mas (2.00 U.M.A.) por cada Fracción (2 U.M.A. X 2)
Pago Adicional :
De un Valor de 0 a 3,814 U.M.A. paga 2.00 U.M.A. por Avalúo
Valor del predio de 0 a 2,250 U.M.A. Por Derecho de Subdivisión
No paga Complemento
Con Valor Catastral de 800,000.00
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A. ) mas (2.00 U.M.A.)
Pago Adicional :
Avalúo:
Valor Mayor a 6,616 U.M.A. paga el 0.1 % del Valor del predio (0.1 % X 800,000.00) menos 113.40 del Pago inicial del Avalúo
Paga $ 686.60
Derecho de Fusión:
Valor mayor a 2,250 U.M.A. paga el 0.1 % del valor del predio (0.1 % X 800,000.00) menos 127.58 del Pago inicial por el Derecho de Fusión paga $ 672.42
Total de Pago Complementario 1,359.02
Con Valor Catastral de 1,200,000.00
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A. ) mas (2.00 U.M.A.) por cada Fracción (2 U.M.A. X 2)
Pago Adicional :
Resto con un Valor de 400,000.00
Fracción A 400,000.00
Fracción B 400,000.00
Avalúos:
Valor Mayor a 6,616 U.M.A. paga el 0.1 % del Valor del predio (0.1 % X 400,000.00) menos 113.40 del Pago inicial del Avalúo
Paga $ 286.60 fracción A
Paga $286.60 Fracción B
Derecho de Subdivisión:
Valor mayor a 2,250 U.M.A. paga el 0.1 % del valor del predio (0.1 % X 1,200,000.00) menos 127.58 del Pago inicial por el Derecho de Fusión paga $ 1,072.42
Total de Pago Complementario 1,645.62
Nota: EL Avalúo del Resto no genera cobro alguno.