1. Si la solicitud ingresa de 08:30 a.m. a 11:00 a.m., la respuesta se entrega el mismo día a partir de las 02:00 p.m. hasta las 3:00 p.m. Si se registra la solicitud después de las 11:00 a.m., la respuesta se entrega al día siguiente; si se requiere inspección física al inmueble, el tiempo de respuesta será al día hábil siguiente a la fecha de verificación física, indistintamente del horario de ingreso de la solicitud.
2. Para predios que hayan surgido de alguna subdivisión y/o fusión, presentar dos copias de autorización de dicho movimiento.
3. En caso de indicar rectificación de superficie, presentar dos copias del plano del predio debidamente requisitado y una copia de la escritura anterior.
4. En caso de adjudicación, anexar 2 copias del resolutivo.
5. Si se presenta la transmisión después de 15 días de la fecha de firma de la escritura o de la resolución judicial, causará multa de acuerdo a la Ley de Hacienda para el Municipio de Colima.
EJEMPLOS DE CÁLCULO DE COSTOS:
Base de referencia (S.M. X 6,111 D.S.M) $346.493.70 (inciso d) fracción IV del artículo 84 de la Ley de Hacienda para el Municipio de Colima vigente)
Con un Valor de $300,000.00 paga 1.80 S.M. por derecho de inscripción, por ser menor a 6,111 D.S.M
Con un Valor de $400,000.00 paga 2.70 S.M. por derecho de inscripción, por ser mayor a 6,111 D.S.M