Los requisitos recabados por el solicitante deben ser autorizados con el giro y domicilio del establecimiento y a nombre del titular del cual está solicitando la licencia de funcionamiento.
El H. Cabildo determinará la aprobación o rechazo de la solicitud.
La notificación de la resolución emitida por el H. Cabildo Municipal, la realiza la Tesorería Municipal a través de la Dirección de Inspección y Licencias.
En caso de aprobarse la solicitud, se concederá al solicitante un plazo de 45 días hábiles a partir de la fecha de notificación, para el pago de los derechos correspondientes de la obtención de su licencia municipal. En caso de no hacerlo, quedará sin efecto la autorización.