Solo se reciben expedientes completos firmados por D.R.O. (vigente) y promotor.
NOTA:Habiéndose acordado la municipalización de las obras de urbanización y edificación,
procederá la cancelación de la garantía a que se refiere el artículo 306 de esta Ley,
quedando el urbanizador liberado de toda responsabilidad, en cuanto a la prestación de los servicios
respectivos (ARTICULO 350 de LAHEC).
FORMATO: ESCRITO LIBRE