Fusión y/o Subdivisión de Predio Rusticó


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Responsable: Jefe de Departamento

Correo del responsable: jorge.cervantes@colima.gob.mx

Teléfono: (312) 31.6.38.58 y (312)31.6.38.02

Domicilio: Torres Quintero No. 80, colonia Centro

08:30 – 15:00 Lunes a Viernes

Fundamento Legal: 

  • Ley de Hacienda para el Municipio de Colima
  • Ley de Instituto para el Registro de Territorio
  • Ley del Municipio Libre de Colima
  • Ley de Asentamientos Humanos
  • Acuerdo de Normas Administrativas

Costo del trámite:

2.25 U.M.A.
(pago inicial por derecho de fusión/subdivisión)
2 U.M.A. por avalúo
(En caso de subdivisión, el arancel aplica por cada que se segrega).
Más un pago adicional según el Valor Catastral Resultante
De un Valor de 0 a 3,814 U.M.A. paga 2.00 U.M.A.
De un Valor de 3,815 a 4,965 U.M.A. paga 2.50 U.M.A.
De un Valor de 4,966 a 6,616 U.M.A. paga 3.00 U.M.A.
De un Valor Mayor a 6,616 U.M.A. paga el 0.1 % del Valor del predio
Fusión o Subdivisión del valor del predio de 0 a 2,250 U.M.A. paga un derecho de 2.25 U.M.A.
Fusión o Subdivisión mayor a 2,250 U.M.A. paga el 0.1 % del valor del predio

 

Requisitos: 

  •  Tres (3) copias de los planos de la totalidad de cada fracción.
  •  Una (1) copia del plano general indicando las fracciones que se desprenden. (Planos debidamente requisitados)
  •  Archivo digital de cada plano.

Proceso:

  1. Presentar documentación requerida en ventanilla, indicando nombre del propietario o clave catastral del predio en referencia.
  2. Realizar pago en caja.
  3. Recoger documento, presentando en ventanilla acuse de recibo.

Comentarios adicionales:

SI ES FRACCIÓN MENOR A 5-00-00 HAS presentar Tres (3) juegos de Dictamen de Voc. del Suelo Mod. II y formato de solicitud con firma y sello de autorización de la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal. (En caso de subdivisión, los documentos también deben ser autorizados por la Dirección de Desarrollo Urbano del Estado).

EJEMPLOS DE CÁLCULO DE COSTOS:

Con Valor Catastral de 200,000.00
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A. ) mas (2.00 U.M.A.)
Pago Adicional :
De un Valor de 0 a 3,814 U.M.A. paga 2.00 U.M.A. por Avalúo
Valor del predio de 0 a 2,250 U.M.A. por Derecho de Fusión
No paga Complemento

Con Valor Catastral de 200,000.00 (Resto y Dos Fracciones)
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A. ) mas (2.00 U.M.A.) por cada Fracción (2 U.M.A. X 2)
Pago Adicional :
De un Valor de 0 a 3,814 U.M.A. paga 2.00 U.M.A. por Avalúo
Valor del predio de 0 a 2,250 U.M.A. Por Derecho de Subdivisión
No paga Complemento

Con Valor Catastral de 800,000.00
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A. ) mas (2.00 U.M.A.)
Pago Adicional :
Avalúo:
Valor Mayor a 6,616 U.M.A. paga el 0.1 % del Valor del predio (0.1 % X 800,000.00) menos 113.40 del Pago inicial del Avalúo
Paga $ 686.60
Derecho de Fusión:
Valor mayor a 2,250 U.M.A. paga el 0.1 % del valor del predio (0.1 % X 800,000.00) menos 127.58 del Pago inicial por el Derecho de Fusión paga $ 672.42
Total de Pago Complementario 1,359.02

Con Valor Catastral de 1,200,000.00
Pago Inicial:
(2.25 U.M.A. ) mas (2.00 U.M.A.) por cada Fracción (2 U.M.A. X 2)
Pago Adicional :
Resto con un Valor de 400,000.00
Fracción A 400,000.00
Fracción B 400,000.00
Avalúos:
Valor Mayor a 6,616 U.M.A. paga el 0.1 % del Valor del predio (0.1 % X 400,000.00) menos 113.40 del Pago inicial del Avalúo
Paga $ 286.60 fracción A
Paga $286.60 Fracción B
Derecho de Subdivisión:
Valor mayor a 2,250 U.M.A. paga el 0.1 % del valor del predio (0.1 % X 1,200,000.00) menos 127.58 del Pago inicial por el Derecho de Fusión paga $ 1,072.42
Total de Pago Complementario 1,645.62
Nota: EL Avalúo del Resto no genera cobro alguno.

Última modificación: 5 agosto, 2019

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